La tasa 790 026 está relacionada con el trámite para la concesión de la nacionalidad española, por lo que es un pago que debes realizar para poder completar el proceso exitosamente. Por eso, más adelante te mencionaremos cuánto se paga por la tasa 790 código 026.
Además, te contaremos cómo hacer el pago y los requisitos que necesitas presentar junto a la solicitud de la concesión de nacionalidad española.
Qué es la tasa 790 código 026
Es un tributo que se debe pagar al momento de realizar la solicitud para concesión de nacionalidad. Este trámite únicamente puedes hacerlo si tienes 10 años viviendo en España de manera ininterrumpida y legal.
La tasa 790 código 026 también es conocida como “Tasa por solicitud de nacionalidad española por residencia y carta de naturaleza para sefardíes originarios de España”. Por consiguiente, también aplica para los descendientes de judíos originarios de España.
Cuánto se paga por la tasa 790 código 026
De acuerdo a las leyes establecidas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro, este trámite tiene un precio de alrededor de € 100 para iniciar el procedimiento para obtener la nacionalidad española.
No obstante, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, la tasa que se establecía era de € 102, pero el importe actual es de € 103,02.
Este importe puede cambiar según las revisiones futuras de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Cómo se hace el pago de la tasa 790 código 026
Una vez que sabes cuánto se paga por la tasa 790 código 026, debes proceder a realizar el pago. Este lo puedes hacer de manera online o presencial, aunque actualmente se prefiere que hagas el trámite a través de la sede electrónica.
Realizando el trámite vía online, debes ingresar a la página de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en la cual puedes acreditar el pago por medio de un justificante que está allí.
Igualmente, puedes acreditar la cancelación de esta tasa a través del comprobante de pago de un banco. Esto, solo si el banco tiene la opción especifica de pago en su banca electrónica. En este caso tendrás que mostrar el número de referencia completo (NRC).
Por otro lado, puedes hacer el pago de manera presencial en España usando el Modelo 790-Código 026 que puedes descargar en el sitio web del Ministerio de Justicia.
Haciendo el trámite de manera presencial podrás abonar el pago de la tasa por una entidad bancaria colaboradora. Esta te hará la entrega de un impreso de tasa modelo 790 código 026 para constar que has hecho el pago. Así podrás presentarlo ante el órgano competente junto a la solicitud.
Por su parte, si quieres hacer la solicitud de la nacionalidad para los sefardíes, puedes hacer el pago desde el extranjero. La condición es que la entidad bancaria que recibirá el pago debe tener sede en España y ser colaboradora con la Agencia Tributaria.
También se permite una transferencia a la cuenta de ingresos del Ministerio de Justicia, sobre todo en caso de los sefardíes.
Requisitos para tramitar la tasa por solicitud residencia española
Los requisitos para hacer este trámite varían en función de la condición del solicitante, es decir, si eres una persona mayor de 18 años, tienes incapacidad, tienes menos de 18 años, eres refugiado/a o sefardíes.
A manera general, los requisitos comunes que se exigen en personas mayores y menores de 18 años o con incapacidad son:
Además, tendrás que presentar los requisitos adicionales según la condición que te corresponda:
Ahora que conoces los requisitos y cuánto se paga por la tasa 790 código 026, haz lo necesario para que puedas solicitar la nacionalidad española sin ningún tipo de inconveniente.
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