Cuánto se paga por la tasa 790 código 026 para solicitud de nacionalidad española

La tasa 790 026 está relacionada con el trámite para la concesión de la nacionalidad española, por lo que es un pago que debes realizar para poder completar el proceso exitosamente. Por eso, más adelante te mencionaremos cuánto se paga por la tasa 790 código 026.

Además, te contaremos cómo hacer el pago y los requisitos que necesitas presentar junto a la solicitud de la concesión de nacionalidad española.

Qué es la tasa 790 código 026

Es un tributo que se debe pagar al momento de realizar la solicitud para concesión de nacionalidad. Este trámite únicamente puedes hacerlo si tienes 10 años viviendo en España de manera ininterrumpida y legal.

La tasa 790 código 026 también es conocida como “Tasa por solicitud de nacionalidad española por residencia y carta de naturaleza para sefardíes originarios de España”. Por consiguiente, también aplica para los descendientes de judíos originarios de España.

que es la tasa 790 código 026

Cuánto se paga por la tasa 790 código 026

De acuerdo a las leyes establecidas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro, este trámite tiene un precio de alrededor de € 100 para iniciar el procedimiento para obtener la nacionalidad española.

No obstante, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, la tasa que se establecía era de € 102, pero el importe actual es de € 103,02.

Este importe puede cambiar según las revisiones futuras de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

cuánto se paga por la tasa 790 código 026

Cómo se hace el pago de la tasa 790 código 026

Una vez que sabes cuánto se paga por la tasa 790 código 026, debes proceder a realizar el pago. Este lo puedes hacer de manera online o presencial, aunque actualmente se prefiere que hagas el trámite a través de la sede electrónica.

Realizando el trámite vía online, debes ingresar a la página de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en la cual puedes acreditar el pago por medio de un justificante que está allí.

como se hace el pago de la tasa 790 código 026

Igualmente, puedes acreditar la cancelación de esta tasa a través del comprobante de pago de un banco. Esto, solo si el banco tiene la opción especifica de pago en su banca electrónica. En este caso tendrás que mostrar el número de referencia completo (NRC).

Por otro lado, puedes hacer el pago de manera presencial en España usando el Modelo 790-Código 026 que puedes descargar en el sitio web del Ministerio de Justicia.

Haciendo el trámite de manera presencial podrás abonar el pago de la tasa por una entidad bancaria colaboradora. Esta te hará la entrega de un impreso de tasa modelo 790 código 026 para constar que has hecho el pago. Así podrás presentarlo ante el órgano competente junto a la solicitud.

Por su parte, si quieres hacer la solicitud de la nacionalidad para los sefardíes, puedes hacer el pago desde el extranjero. La condición es que la entidad bancaria que recibirá el pago debe tener sede en España y ser colaboradora con la Agencia Tributaria.

También se permite una transferencia a la cuenta de ingresos del Ministerio de Justicia, sobre todo en caso de los sefardíes.

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Requisitos para tramitar la tasa por solicitud residencia española

Los requisitos para hacer este trámite varían en función de la condición del solicitante, es decir, si eres una persona mayor de 18 años, tienes incapacidad, tienes menos de 18 años, eres refugiado/a o sefardíes.

A manera general, los requisitos comunes que se exigen en personas mayores y menores de 18 años o con incapacidad son:

  • Certificado de nacimiento legalizado. Si está en otro idioma, esta deberá ser traducida al español.
  • Planilla de solicitud o formulario si la haces vía online.
  • Recibo de pago de la tasa 790 código 026.
  • Documento de identificación del extranjero, el cual puede ser el certificado del registro de extranjeros, tarjeta familiar de la Unión Europea o registro de ciudadano de la unión.
  • Certificado de empadronamiento o autorización de consulta al Ministerio de Justicia.

Además, tendrás que presentar los requisitos adicionales según la condición que te corresponda:

Requisitos para personas mayores de 18 años

  • Pasaporte del país de origen.
  • Acta de matrimonio, de ser el caso.
  • Documentos de antecedentes policiales o penales del país de origen o la carta de conducta emitida por el consulado del país de origen.
  • Antecedentes penales del Registro Central de Penados. También sirve la autorización de consulta al Ministerio de Justicia.
  • Documentos certificatorios del Instituto de Cervantes sobre las pruebas de conocimiento del idioma español y aspectos constitucionales y socioculturales de España.

Documentos para personas con incapacidad o edad menor a 18 años

  • Pasaporte vigente u otro documento de identificación en el caso de que seas un ciudadano de los países miembros de Schengen.
  • Autorización por parte del Registro Civil donde se indique quién es el encargado del menor o de la persona incapacitada.
  • Documentos de identificación de los representantes legales.
  • Certificación emitida por el centro formativo o educación especial donde se acredite su grado educativo. Esto es obligatorio si el solicitante está en edad escolar.

Requisitos para los refugiados

  • Documentos del extranjero donde se presente que estás en condición de refugiado.
  • En el caso de poseerlo, presentar el pasaporte azul dictaminado por Convención de Ginebra de 1951.
  • Documento certificatorio de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio de Interior. En él se deben reflejar tus datos personales como nombre, apellido, lugar de nacimiento, fecha, nombre de los padres y condición de refugiado.

Documentos adicionales para Sefardíes

  • Acreditación de los documentos donde muestren tu condición sefardí, ya que según la Ley 12/2015, los descendientes de judíos originarios de España pueden hacer su solicitud para concesión de la nacionalidad española.

Ahora que conoces los requisitos y cuánto se paga por la tasa 790 código 026, haz lo necesario para que puedas solicitar la nacionalidad española sin ningún tipo de inconveniente.

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