Desde 2019, la AFIP modificó el procedimiento para poder solicitar ciertos tipos de facturas. Por ello, hemos preparado un post con toda la información sobre los requisitos para emitir factura A que exigen, de manera que puedas aclarar todas tus dudas.

Lee más adelante sobre la documentación que necesitas como persona humana, persona jurídica o sucesión indivisa. Además, conoce sobre quiénes no pueden emitir esta clase de factura y cuánto tarda la AFIP en dar una respuesta.

Requisitos para emitir factura A según la AFIP

Para poder emitir factura A hay ciertos requisitos que debes cumplir, estos serán diferentes dependiendo el tipo de contribuyente que seas. Además, hay dos condiciones que tienes que cumplir para poder generar este tipo de comprobantes:

  • No tienes que estar entre las personas (humanas o jurídicas) que quieran habilitar la emisión de comprobante clase “M”.
  • No debes tener irregularidades o incumplimientos formales relacionados con tus obligaciones fiscales, como la falta de presentación de declaraciones juradas o problemas con el domicilio fiscal.

Requisitos para personas humanas

Como persona humana, tienes que presentar algunos requisitos patrimoniales para emitir factura A en el momento de hacer la solicitud:

  • Declaración jurada del Impuesto de los Bienes Personales que corresponda a los 2 últimos períodos vencidos. Estas tienen que cumplir con las siguientes condiciones:
  • Haber sido presentadas en un lapso de 30 días continuos determinados a partir de su fecha de vencimiento.
  • Reportar bienes gravados por un importe por encima del mínimo no imponible establecido en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Esto debe estar contemplado los 2 últimos períodos vencidos.
  • Declarar los bienes que tengas en el país (sea efectivo o artículos del hogar) por un valor superior al 80% del mínimo no imponible establecido en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Como en la condición anterior, debe corresponder al período fiscal del que se trate.
  • Acreditación de la titularidad o que forma parte de la titularidad del bien inmueble o automotores que estén dentro del país.

Requisitos para empresas o personas jurídicas

Las personas que corresponden a este grupo debes cumplir con las siguientes condiciones:

  • Las sucesiones indivisas deberán cumplir con los requisitos que te expusimos en el apartado anterior.
  • Otros integrantes deben acreditar su titularidad en el bien inmueble o automotor, o demostrar su participación en la titularidad de dichos bienes o automotores.

Pasos para poder emitir factura A

Las personas responsables que estén inscritas para declarar el Impuesto al Valor Agregado tienen que presentar un formulario de declaración jurada que dependerá del tipo de contribuyente que sea.

Por ejemplo, si es una sucesión indivisa o se trata de una persona humana, se debe presentar el formulario F.855. En el caso de los otros responsables, tendrán que presentar el F.856.

Esto deberás cumplirlo antes de solicitar la emisión, importación o impresión de facturas tipo “A”.

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Una vez que cumples con los requisitos para emitir factura A, debes hacer el trámite de la siguiente manera:

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  1. Acudir al sitio web de la AFIP, al cual podrás ingresar con tu clave fiscal en el servicio “Regímenes de Facturación y Registración
  2. Estando allí, haz clic en donde dice “Habilitación de comprobantes”.
  3. Sigue los pasos que te indica el sistema para continuar.
  4. Luego de finalizar el proceso, podrás presentar la documentación ante la oficina de la AFIP donde estés inscrito.

La dependencia donde hagas el trámite podrá requerir en 10 días hábiles otros elementos que considere necesarios para verificar lo que expones como responsable.

Si no cumples con lo anteriormente expuesto en un plazo de 15 días hábiles administrativos, se va a considerar como un desistimiento tácito de lo solicitado. De tal manera, no se continuará con el trámite.

Quiénes no pueden emitir factura A según la AFIP

Es importante conocer quienes no serán habilitados para emitir comprobante clase A o los de clase A con leyenda “operación sujeta a retención”. Estos serían quienes hayan cumplido con las siguientes situaciones:

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  • Haber pedido una o más bajas del Impuesto al Valor Agregado en el año previo a la fecha de solicitud.
  • Que en el momento de la última baja hayas estado autorizado para emitir facturas tipo M o que estuvieras inhabilitado/a para emitir comprobantes en dicho lapso de tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Cómo consultar si me han aprobado para emitir factura tipo A?

Si eres persona humana, persona jurídica o sucesión indivisa, podrás consultar la clase de comprobante de la siguiente manera:

  • Visita la página oficial de la AFIP, tan solo coloca tu clave fiscal y selecciona “Regímenes de Facturación y Registración” específicamente en las opciones “Habilitación de Comprobantes” y “Consultas”.
  • En la página web de la AFIP pero accediendo con la opción “RG 1575 -Autorizados a Emitir Comprobantes”.

¿Cuánto tarda la AFIP en dar respuesta sobre el trámite?

La dependencia de la AFIP donde hagas el trámite actuará y responderá de la siguiente manera:

  • Si hiciste la presentación en el último día hábil del mes vencido, la respuesta tardará al menos 20 días continuos del mes siguiente. Incluso, se puede tardar hasta el último día administrativo de ese siguiente mes.
  • Si realizaste la presentación en un día posterior al que te indicamos en el punto anterior, la respuesta se dará a partir del décimo día administrativo después de que hayas cumplido la presentación. En este caso debes acudir a la dependencia a fin de ser notificado/a sobre la clase de comprobante a emitir.

Ahora que conoces los requisitos para poder emitir factura A, realiza los trámites necesarios para lograrlo y evita todo tipo de incumplimientos formales.

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